Condiciones de compra

Las presentes condiciones regulan la compraventa de productos ofrecidos por Grupo Shiito. En el correspondiente aviso legal ubicado en esta página identificará el titular del sitio web como requiere el artículo 10 de la Ley de Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Los productos de consumo ofertados en el catálogo disponible en cada momento en la web, están destinados al consumo privado y su adquisición está sujeta a las siguientes condiciones referidas al contrato de compraventa.

El contrato se perfecciona una vez que el cliente emite la confirmación expresa de pedido, aceptando previamente las condiciones generales. Por esta razón la titular del sitio web ruega a los clientes siempre el integro conocimiento tanto del aviso legal ubicado en esta web, como de las condiciones generales, como de la ficha de cada producto objeto de venta donde encontrará sus características, marca, modelo, precio y posibles peculiaridades o especialices de envío que deberá conocer antes de emitir la aceptación al formalizar cada pedido.

El presente contrato en todo caso se celebra en el marco legal establecido por el Código Civil, la Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación, la Ley y Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, gozando el consumidor de las garantías establecidas en su protección por la Ley 26/1984 de 9 de julio, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y la ley 23/2003 de garantías en la venta de Bienes de Consumo. Igualmente el presente contrato se celebra dentro del marco general establecido para el comercio electrónico por la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico y cuantos datos facilita el cliente en el proceso de compra reciben el tratamiento prescrito en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

Identificadas la parte vendedora y el objeto de la venta dentro del catálogo vigente de la web, con remisión a la ficha de cada artículo en cuanto a características y precio, el contrato se celebra con arreglo a las siguientes condiciones:

1️⃣ Primera

El presente contrato, se perfecciona y vincula a las partes en cuanto a la obligación de entrega del bien por el vendedor y del pago del precio por el comprador desde el momento de su aceptación por el comprador. No obstante, si la forma de pago acordado por las partes fuese la de pago financiado, según lo dispuesto en esta cláusula, la entrada en vigor del contrato y sus efectos estará supeditada a la aprobación definitiva de la financiación por parte de la entidad financiera seleccionada, quedando automáticamente anulado el presente contrato, sin que surta efecto alguno en el cado de que dicha aprobación no llegará a producirse finalmente.

El pago integro del precio de los artículos que se indica en la ficha correspondiente al mismo en la web se realizará mediante las siguientes formas de pago cuya elección es una facultad del comprador.

Para realizar el pago total de los artículos objeto del presente contrato, el comprador podrá optar libremente por alguna de las siguientes formas de pago:

Pago mediante tarjeta bancaria

El cliente puede elegir el pago mediante tarjeta de crédito, realizándose la operación en el momento de realización del pedido.

Paypal

Puede realizar su pago a través de la plataforma PayPal, una forma fácil y segura de efectuar pagos sin necesidad de compartir su información financiera.

Bizum

Pague con Bizum al momento de finalizar su compra. Solo tendrá que introducir sus datos, poner su número de teléfono e introducir su clave Bizum.

Por último, valide la compra introduciendo el código indicado por su banco y listo.

Cetelem

Pague con Bizum al momento de finalizar su compra. Solo tendrá que introducir sus datos, poner su número de teléfono e introducir su clave Bizum.

Por último, valide la compra introduciendo el código indicado por su banco y listo.

Aplazame

Pague con Bizum al momento de finalizar su compra. Solo tendrá que introducir sus datos, poner su número de teléfono e introducir su clave Bizum.

Por último, valide la compra introduciendo el código indicado por su banco y listo.

El presente contrato, se perfecciona y vincula a las partes en cuanto a la obligación de entrega del bien por el vendedor y del pago del precio por el comprador desde el momento de su aceptación por el comprador. No obstante, si la forma de pago acordado por las partes fuese la de pago financiado, según lo dispuesto en esta cláusula, la entrada en vigor del contrato y sus efectos estará supeditada a la aprobación definitiva de la financiación por parte de la entidad financiera seleccionada, quedando automáticamente anulado el presente contrato, sin que surta efecto alguno en el cado de que dicha aprobación no llegará a producirse finalmente.

El pago integro del precio de los artículos que se indica en la ficha correspondiente al mismo en la web se realizará mediante las siguientes formas de pago cuya elección es una facultad del comprador.

Para realizar el pago total de los artículos objeto del presente contrato, el comprador podrá optar libremente por alguna de las siguientes formas de pago:

2️⃣ Segunda. Derecho de revocación

Anulación

Se dará una anulación cuando el cliente anula su pedido antes de recibirlo en su domicilio. El cliente puede hacer uso del DERECHO DE DESESTIMIENTO rellenando este formulario y enviandolo a info@shiito.com. También todos los usuarios podrán utilizar la PLATAFORMA DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS EN LINEA DE LA UE.  En algunos casos esta situación puede incurrir en algún coste para el cliente:

En algunos casos esta situación puede incurrir en algún coste para el cliente:

  • Si el producto ya esta fabricado y en stock antes de la compra y no ha salido en reparto con la agencia de transporte, puede anular el pedido sin ningún coste para usted.
  • Si el producto ya esta en reparto, el cliente deberá asumir los costes logísticos ocasionados.
  • Dicho coste será el precio de transporte especificado en la web en cada artículo y abonado en la realización del pedido.

Tenga en cuenta las dimensiones de su domicilio para asegurase de que pueda entrar la mercancía, Shiito no se hace responsable si no pudiera introducirse la mercancía por la puerta del domicilio, para ello puede ver la dimensión del producto en nuestra página web. 

Revocación el mismo día de la entrega

Cuando recibas tu producto, no dudes en desembalar el producto incluso si el embalaje exterior no presentase ningún daño, estas en tu derecho.

El producto en el momento de la entrega no es de su conformidad si el producto no se correspondiera con el que compra o si presentara daños externos, rechace el pedido. Puede rechazar el pedido completo o bien aquellas partes del mismo con las que no esta conforme.

Envíe un e-mail a incidencias@shiito.com para indicar el problema, indicando su número de cesta de la compra o pedido de venta.

14 días de devolución

SHIITO aceptará únicamente un mínimo desgaste del producto debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva sin alterar las condiciones del producto en el momento de la entrega. 

En el caso de que el artículo a devolver sea un mueble y éste haya sido montado en casa del cliente, el cliente deberá desmontarlo y embalarlo para su retirada por la agencia de transportes.

El Cliente deberá comunicar su desistimiento  por correo a incidencias@shiito.com, indicando número de cesta o pedido de venta. O bien adjuntando el siguiente formulario (no obligatorio) este enlace. O a través de cualquier medio admitido en derecho.

La devolución del importe al cliente se hará una vez que la mercancía esté recibida y revisada en nuestro almacén. O cuando sea el cliente el que haga la devolución, cuando se admita prueba de ella.

3️⃣ Tercera. Transporte y entrega

Los Plazos de Entrega variarán según productos, medidas y provincias de entrega. Si desea conocerlos, sólo tiene que entrar en la ficha de cada producto, estos plazo pueden exceder de los 30 días hábiles en algunos casos, ya que se tiene que dar un proceso de fabricación y luego el transporte. Los plazos de entrega están indicados en días hábiles y comenzarán a contar desde la confirmación del pago o autorización por parte de la financiera. Los artículos se entregarán siempre dentro del plazo de entrega convenido, salvo que el cliente desee que la mercancía se le entregue más tarde de la fecha prevista.

El incumplimiento en la entrega no se considerará tal si ha sido retrasado por voluntad propia o si no se ha podido localizar al comprador mediante los datos facilitados por éste.

No obstante, este plazo de entrega puede verse modificado en el caso de que se produzcan pedidos simultáneos sobre un mismo producto o productos que conlleven el fin de las existencias del producto. El nuevo plazo de entrega se indicará al Cliente en el tiempo más breve posible. Si el fin de existencias fuera definitivo, se avisará al Cliente para que opte entre elegir un producto distinto, de similares o superiores características al mismo precio del producto agotado, o cancelar su pedido, devolviéndosele el dinero pagado por adelantado en el caso de pedidos con modalidad de pago por adelantado.

La agencia de transportes, efectuará los envíos de lunes a viernes en horario de mañana o de tarde, quedando siempre con Ud. antes de ir. En caso que el horario ofrecido por parte de la agencia de transportes no sea de su agrado, lo podrá modificar o rechazar, quedando para otro día, lo cual podría retrasar ligeramente la entrega de su mercancía. Le recomendamos que en caso de desacuerdo con la agencia de transportes, se ponga en contacto con nosotros, para que le ayudemos en la gestión.

El comprador debe asegurarse de que las dimensiones del artículo, son tales que no tendrá problemas para introducir los sofás en su domicilio (medir puertas y escaleras). Ya que no nos haremos responsables en caso de que una vez enviado el pedido no pueda introducirlo en su domicilio.

El servicio de transporte que prestamos es de alto nivel y para los productos que tiene montaje hemos desarrollado un servicio logístico:

Transporte.

Subida al domicilio.

Desembalaje.

Montaje. No se realizarán instalación/montaje de mobiliario en pared.

Retirada del material residual.

Para los productos que no tienen montaje prestamos el siguiente servicio logístico:

Transporte del producto

Shiito realiza la subida al domicilio excepto para productos de gran tamaño. Los electrodomésticos grandes serán entregados a pie de calle, no obstante, si quiere contratar un servicio adicional de subida al domicilio, contacte con nosotros para obtener más información.

Shiito realiza todos tus envíos en la modalidad "ENVIO CERTIFICADO", el objetivo es asegurar la entrega del producto al comprador del mismo y para ellos tienes que identificar en el momento de la entrega de la mercancía.

Nuestra agencia de transportes realiza la retirada de muebles viejos siempre similares al producto entregado y previo pago de dicho servicio por el cliente al realizar su pedido de venta si así lo desea. Por ejemplo, si se entrega es un sofá cama, la agencia retiraría un sofá cama viejo.

La mercancía se encuentra en todo momento cubierta contra riesgos de transporte, extravío y manipulación. En caso de que su envío presente desperfectos debidos al transporte, rogamos indicar las anomalías en el albarán del transportista y comunicarse por mail con incidencias@shiito.com 

Para otros artículos trabajamos con otras agencias de transporte rápido con el objetivo de agilizar los tiempos de entrega, esto puede generar que una misma cesta de la compra tenga envíos parciales, en función del artículo.

Si necesitase factura, el Cliente podrá solicitarla mediante correo electrónico a la dirección info@shiito.com, indicando el nombre del titular de la factura y el número de pedido, y le será remitida a la dirección de e- mail facilitada. El consumidor tendrá derecho a recibir la factura en formato papel de manera gratuita.

Condiciones de instalación aires acondicionados

Los aparatos o equipos precargados de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que no estén herméticamente sellados y que estén cargados con gases fluorados de efecto invernadero de acuerdo con la definición del Reglamento (UE) 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sólo podrán venderse al usuario final cuando se aporten pruebas de que la instalación será realizada por una empresa habilitada de acuerdo con el artículo 2.k) y el artículo 3.8 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.

Para ello, el comercializador del aparato deberá informar de esta obligación legal al comprador a través del documento que consta en la parte A del anexo VI de la citada norma y podrá facilitar un listado de las empresas habilitadas o bien registros electrónicos o bases de datos existentes que recojan empresas habilitadas. El comercializador además entregará al comprador dos ejemplares del documento de la parte B del anexo VI.

Por su parte, el comprador del equipo deberá, en el plazo máximo de un año, remitir al comercializador un ejemplar del documento de la parte B del anexo VI en el que se acredite la instalación por parte de una empresa habilitada con personal certificado para esta instalación.

El comprador conservará su ejemplar de la parte B del anexo VI durante cinco años.

El comercializador deberá informar, anualmente, a partir del 1 de enero de 2018 al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, de los compradores que no hayan remitido el documento que consta en la parte B del anexo VI, adjuntando copia del documento de la parte A del anexo VI. El comercializador deberá conservar a disposición de las autoridades para su posible inspección, durante un periodo de cinco años, tanto el modelo de la parte A del anexo VI firmado, como el ejemplar para el comercializador del modelo de la parte B del anexo VI.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado tanto por parte del comprador como del comercializador de estos aparatos estará sujeto al régimen sancionador previsto en el capítulo VII de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y de protección de la atmósfera.

De manera específica, aun cuando la instalación la hubiera llevado a cabo una empresa habilitada, el incumplimiento, por parte del comprador, de las obligaciones de entregar la Parte B del anexo VI que acredita la instalación o entregarla más allá del plazo establecido, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.1.c) de la citada Ley 34/2007, de 15 de noviembre.

4️⃣ Cuarta. Garantía

Conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 7/2021, de 27 de abril, de Garantía en la Venta de Bienes de Consumo:

Ante cualquier falta de conformidad en el momento de la entrega del bien, el empresario responderá frente al consumidor de las faltas que se manifiesten durante un plazo de tres años desde la entrega, que se entenderá realizada el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán si este
fuera posterior.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años siguientes a la entrega del bien ya existían cuando éste se entregó.

A través de una simple declaración, el consumidor podrá exigir al empresario la subsanación de la falta de conformidad, la reducción del precio o la resolución del contrato.
Para que el bien sea puesto en conformidad, el consumidor podrá optar por la reparación o la sustitución, salvo que una de estas dos opciones sea imposible o suponga costes desproporcionados para el empresario.

Estas medidas han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Serán gratuitas para el consumidor, comprendiendo los gastos que sean necesarios para que los bienes sean puestos en conformidad, especialmente los gastos de envío, transporte, mano de obra o materiales.
  • Se llevarán a cabo en un plazo razonable desde el momento en que el empresario haya sido informado de la falta de conformidad y sin mayores inconvenientes para éste.
    El consumidor pondrá el bien a disposición del empresario, quien lo recuperará a sus expensas de la forma que genere menos inconvenientes para el consumidor dependiendo del tipo de bien.

No será responsable de ningún pago por el uso normal de los bienes sustituidos durante el período previo a su sustitución.
El empresario, por su parte, recuperará el bien a su cargo, retirará los bienes no conformes y en el caso de bienes que hayan sido instalados, los retirará y procederá a instalar el bien reparado o sustituido, asumiendo los costes que de ello se deriven.
Facilitará al consumidor justificación documental sobre la entrega del bien por parte del consumidor en la que conste la fecha de entrega y la falta de conformidad, así como justificación documental de la entrega del bien ya conforme al consumidor, en la que también ha de constar la fecha de esa entrega y descripción de la medida correctora efectuada.
El consumidor también podrá exigir la rebaja del precio o la resolución del contrato.
La reducción del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el bien hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme, y el valor que el bien entregado tenga en el momento de dicha entrega. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

El consumidor podrá optar por las mismas siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Cuando la medida para poner los bienes en conformidad resulte imposible o desproporcionada.
  • El empresario no haya llevado a cabo la reparación o la sustitución o no los haya realizado correctamente.
  • Aparezca cualquier falta de conformidad en el bien reparado o sustituido.
  • La falta de conformidad sea de tal gravedad que justifique una de las dos opciones.
  • El empresario haya declarado o así se desprenda de las circunstancias, que no pondrá los bienes en conformidad en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor.
    El empresario reembolsará al consumidor como consecuencia de la elección de esta medidas el precio pagado por los bienes tras la recepción de estos o, en su caso, de una prueba aportada por el consumidor de que los ha devuelto.

El consumidor o usuario restituirá al empresario, a expensas de este último, los bienes.

  • El consumidor podrá suspender el pago pendiente del precio hasta que el empresario cumpla con sus obligaciones.
  • También podrá solicitar la subsanación de la falta de conformidad, la reducción del precio o la resolución del contrato, si, como consecuencia de la vulneración de derechos de terceros se impide o se limita la utilización del bien.
  • El consumidor no será responsable de ningún pago por el uso normal de los bienes sustituidos durante el período previo a su sustitución.
    Tanto si solicita la subsanación de la falta de conformidad, como la reducción del precio o la resolución del contrato, podrá exigir indemnización de daños y perjuicios si procede.

5️⃣ Quinta. Comunicaciones

Conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 7/2021, de 27 de abril, de Garantía en la Venta de Bienes de Consumo:

Ante cualquier falta de conformidad en el momento de la entrega del bien, el empresario responderá frente al consumidor de las faltas que se manifiesten durante un plazo de tres años desde la entrega, que se entenderá realizada el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán si este
fuera posterior.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años siguientes a la entrega del bien ya existían cuando éste se entregó.

A través de una simple declaración, el consumidor podrá exigir al empresario la subsanación de la falta de conformidad, la reducción del precio o la resolución del contrato.
Para que el bien sea puesto en conformidad, el consumidor podrá optar por la reparación o la sustitución, salvo que una de estas dos opciones sea imposible o suponga costes desproporcionados para el empresario.

Estas medidas han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Serán gratuitas para el consumidor, comprendiendo los gastos que sean necesarios para que los bienes sean puestos en conformidad, especialmente los gastos de envío, transporte, mano de obra o materiales.
  • Se llevarán a cabo en un plazo razonable desde el momento en que el empresario haya sido informado de la falta de conformidad y sin mayores inconvenientes para éste.
    El consumidor pondrá el bien a disposición del empresario, quien lo recuperará a sus expensas de la forma que genere menos inconvenientes para el consumidor dependiendo del tipo de bien.

No será responsable de ningún pago por el uso normal de los bienes sustituidos durante el período previo a su sustitución.
El empresario, por su parte, recuperará el bien a su cargo, retirará los bienes no conformes y en el caso de bienes que hayan sido instalados, los retirará y procederá a instalar el bien reparado o sustituido, asumiendo los costes que de ello se deriven.
Facilitará al consumidor justificación documental sobre la entrega del bien por parte del consumidor en la que conste la fecha de entrega y la falta de conformidad, así como justificación documental de la entrega del bien ya conforme al consumidor, en la que también ha de constar la fecha de esa entrega y descripción de la medida correctora efectuada.
El consumidor también podrá exigir la rebaja del precio o la resolución del contrato.
La reducción del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el bien hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme, y el valor que el bien entregado tenga en el momento de dicha entrega. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

El consumidor podrá optar por las mismas siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Cuando la medida para poner los bienes en conformidad resulte imposible o desproporcionada.
  • El empresario no haya llevado a cabo la reparación o la sustitución o no los haya realizado correctamente.
  • Aparezca cualquier falta de conformidad en el bien reparado o sustituido.
  • La falta de conformidad sea de tal gravedad que justifique una de las dos opciones.
  • El empresario haya declarado o así se desprenda de las circunstancias, que no pondrá los bienes en conformidad en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor.
    El empresario reembolsará al consumidor como consecuencia de la elección de esta medidas el precio pagado por los bienes tras la recepción de estos o, en su caso, de una prueba aportada por el consumidor de que los ha devuelto.

El consumidor o usuario restituirá al empresario, a expensas de este último, los bienes.

  • El consumidor podrá suspender el pago pendiente del precio hasta que el empresario cumpla con sus obligaciones.
  • También podrá solicitar la subsanación de la falta de conformidad, la reducción del precio o la resolución del contrato, si, como consecuencia de la vulneración de derechos de terceros se impide o se limita la utilización del bien.
  • El consumidor no será responsable de ningún pago por el uso normal de los bienes sustituidos durante el período previo a su sustitución.
    Tanto si solicita la subsanación de la falta de conformidad, como la reducción del precio o la resolución del contrato, podrá exigir indemnización de daños y perjuicios si procede.

6️⃣ Sexta. Política de precios

Los aparatos o equipos precargados de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que no estén herméticamente sellados y que estén cargados con gases fluorados de efecto invernadero de acuerdo con la definición del Reglamento (UE) 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sólo podrán venderse al usuario final cuando se aporten pruebas de que la instalación será realizada por una empresa habilitada de acuerdo con el artículo 2.k) y el artículo 3.8 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.

Para ello, el comercializador del aparato deberá informar de esta obligación legal al comprador a través del documento que consta en la parte A del anexo VI de la citada norma y podrá facilitar un listado de las empresas habilitadas o bien registros electrónicos o bases de datos existentes que recojan empresas habilitadas. El comercializador además entregará al comprador dos ejemplares del documento de la parte B del anexo VI.

Por su parte, el comprador del equipo deberá, en el plazo máximo de un año, remitir al comercializador un ejemplar del documento de la parte B del anexo VI en el que se acredite la instalación por parte de una empresa habilitada con personal certificado para esta instalación.

El comprador conservará su ejemplar de la parte B del anexo VI durante cinco años.

El comercializador deberá informar, anualmente, a partir del 1 de enero de 2018 al órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente, de los compradores que no hayan remitido el documento que consta en la parte B del anexo VI, adjuntando copia del documento de la parte A del anexo VI. El comercializador deberá conservar a disposición de las autoridades para su posible inspección, durante un periodo de cinco años, tanto el modelo de la parte A del anexo VI firmado, como el ejemplar para el comercializador del modelo de la parte B del anexo VI.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado tanto por parte del comprador como del comercializador de estos aparatos estará sujeto al régimen sancionador previsto en el capítulo VII de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre de calidad del aire y de protección de la atmósfera.

De manera específica, aun cuando la instalación la hubiera llevado a cabo una empresa habilitada, el incumplimiento, por parte del comprador, de las obligaciones de entregar la Parte B del anexo VI que acredita la instalación o entregarla más allá del plazo establecido, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.1.c) de la citada Ley 34/2007, de 15 de noviembre.